5. Código Internacional para la Protección de Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP)
Es un código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias adoptado por la OMI, esta nace como respuesta a los ataques de los terroristas del 9/11. En su contenido podemos encontrar establecidas medidas y procedimientos para prevenir los actos de terrorismo que pudieran poner en riesgo la salud e integridad de los pasajeros, así como prevenir los atentados de seguridad contra los buques e instalaciones portuarias.
El Código PBIP fue adoptado mediante una de las resoluciones adoptadas el 12 de diciembre de 2002 por la Conferencia de los Gobiernos Contratantes del Convenio Internacional SOLAS para la Seguridad de la Vida Humana en el mar, 1974 (Londres 9 al 13 de diciembre de 2002).
El código aprobado y certificado por la OMI, en la actualidad, ha jugado un papel muy importante para la prevención y control de actos terroristas que se podrán ejecutar en el futuro.
El contenido del código PBIP es bien amplio, establece claramente la cooperación internacional de todos los gobiernos para que sea efectiva la aplicación de estas normas que garantizaran la protección marítima
Objetivos
Establecer un marco internacional que concentre la cooperación entre gobiernos contratantes, organismos gubernamentales, administraciones locales y los sectores naviero y portuario a fin de detectar las amenazas a la protección y adoptar medidas preventivas contra los sucesos que afecten a la protección de los buques o instalaciones portuarias para el comercio internacional;
Definir las funciones y responsabilidades respectivas de los gobiernos contratantes, los organismos gubernamentales, las administraciones locales y los sectores naviero y portuario, a nivel nacional e internacional, con objeto de garantizar la protección marítima.
Ofrecer una metodología para efectuar evaluaciones de la protección a fin de contar con los planes y procedimientos que permitan relacionar a los cambios en los niveles de protección
Garantizar que se recopila e intercambia con prontitud y eficacia información relacionada con la protección
Garantizar la confianza de que se cuenta con medidas de protección marítima adecuadas y proporcionadas.
Ámbitos de aplicación
Se aplica a:
Instalaciones portuarias que presten servicio a tales buques dedicados a viajes internacionales.
Los siguientes tipos de buques dedicados a viajes internacionales:
Buques de pasaje, incluidas las naves de pasaje de gran velocidad
Buques de carga, incluidas las naves de gran velocidad, de arqueo bruto igual o superior a 500
Unidades móviles de perforación mar adentro.
El código no es aplicable a los buques de guerra ni a las unidades navales auxiliares ni a otros buques que, siendo propiedad de un gobierno contratante o estando explotados por él estén exclusivamente dedicados a servicios gubernamentales de carácter no comercial.
Niveles de Protección Marítima
Se aplica, en concordancia con lo establecido en el Código de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias, tres niveles de Protección Marítima. Dichos niveles han sido concebidos con la finalidad de implementar medidas preventivas adecuadas contra los sucesos que afecten la protección marítima.
Nivel de Protección 1 (Normal): El nivel en el cual deberán mantenerse medidas mínimas adecuadas de protección en todo momento.
Nivel de Protección 2 (Reforzado): El nivel en el cual deberán mantenerse medidas adecuadas de protección adicionales durante un periodo de tiempo, como resultado de un aumento del riesgo de que ocurra un suceso que afecte a la protección marítima.
Nivel de Protección 3 (Excepcional): El nivel en el cual deberán mantenerse más medidas concretas de protección durante un periodo de tiempo limitado cuando sea probable o inminente un suceso que afecte a la protección marítima, aunque no sea posible determinar el blanco concreto.
Beneficios que ofrece el PBIP
Respaldar las acciones tendientes a canalizar, supervisar y coordinar las operaciones portuarias en materia de protección.
Elevar el nivel de la instalación portuaria, buque y compañía al divulgar y comprender su finalidad.
Se traduce en mayores ingresos al optimizar la función de organismos gubernamentales, administraciones locales y sectores navieros portuarios.
Simulacro del código: